Las obligaciones urbanísticas de las licencias de construcción otorgadas antes de 2015 han perdido su fuerza de ejecutoriedad.
La Subsecretaría de Control Urbanístico de Medellín viene notificando a los ciudadanos titulares de licencias de construcción o que solicitaron el reconocimiento de edificaciones existentes antes del año 2015, de la liquidación para la compensación en dinero de las obligaciones urbanísticas por concepto de cesión de suelo para el espacio público, cuyos montos varían de acuerdo al área a compensar.
Galeano & Asociados Consultores Jurídicos S.A.S. realizó un estudio sobre el cobro de estas obligaciones urbanísticas y concluyó que, el Municipio de Medellín actualmente ha perdido la competencia para iniciar el procedimiento administrativo de control urbanístico, por lo que no podrá hacer efectiva la compensación en dinero de las cesiones obligatorias ya consolidadas en las licencias de construcción, que han sido otorgadas antes del año 2015; toda vez que la fuerza de ejecutoriedad de dichas licencias ha decaído por el paso del tiempo.
La compensación en dinero de las obligaciones urbanísticas debía haberse hecho efectiva en el término de ejecutoriedad de los actos administrativos establecido en el numeral 3° del artículo 91 de la ley 1437 de 2011, es decir, al cabo de los cinco (5) años de estar en firme la licencia de construcción.
Solo hasta ahora, el Municipio de Medellín está cobrando las obligaciones urbanísticas a quienes legalizaron en catastro sus propiedades a principio de este siglo e incluso que siendo titulares de la licencia de construcción, ya han vendido sus propiedades sin haberse percatado de la obligación pendiente. Finalmente, cabe destacar que estos ciudadanos ya son contribuyentes catastrales y ayudan al control urbanístico de la ciudad.
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